Justicia social con los profesionales taurinos
Mario Gómez
Tras unos meses de olvido en el que incluso se han producido concentraciones frente al Ministerio de Trabajo y tras la confrontación entre las posturas de los ministros de Cultura (José Manuel Rodríguez Uribes) y su homónima de Trabajo, Yolanda Díaz, según aparece en el BOE, se ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural, entre las que se incluyen medidas concretas para los técnicos y auxiliares del mundo de la cultura y para el sector taurino, que habían quedado fuera de las anteriores ayudas.

El Real Decreto-ley recoge tres medidas relativas al sector cultural de las que se podrá acoger el sector taurino. La primera de ellas supone la ampliación del acceso extraordinario por desempleo de los artistas en espectáculos públicos. En las justificaciones del Real Decreto-Ley se apunta a que es "necesario asegurar la protección efectiva de estos trabajadores". Así, recuerda que a las consecuencias de la evolución de la pandemia, así como a la intermitencia propia del sector, debe añadirse el vencimiento de las prestaciones recogidas en el anterior Real Decreto-Ley, previstas para 120 o 180 días en función de los días de actividad en el año anterior a la entrada en vigor.
Por ello se amplía hasta el 31 de enero de 2021 la prestación extraordinaria por desempleo de los artistas en espectáculos públicos, que será incompatible con la realización de actividades por cuenta propia o cuenta ajena, o con la percepción de cualquier prestación o renta concedida por cualquier administración pública. Una vez reconocido el derecho, el abono de la prestación se suspenderá mientras el titular del derecho realice un trabajo por cuenta ajena o propia, sin perjuicio de que se reanude después, por el tiempo que reste de percepción de la prestación, tal y como contempla el texto de la medida.

Por último, también se incluye el acceso extraordinario a la prestación por desempleo de los profesionales taurinos, trabajadores afectados por la suspensión de actividades y las medidas de contención vigentes "durante su periodo de mayor actividad". "Ello les ha impedido trabajar y cotizar lo necesario para generar derechos a las prestaciones por desempleo", añade el texto.
El derecho quedará extinguido como máximo el 31 de enero de 2021 y la cuantía será de 775,83 euros mensuales. Entre los requisitos para los beneficiarios, se incluye figurar a fecha 31 de diciembre de 2019 en el censo de activos; o no estar percibiendo rentas derivadas de actividades por cuenta propia o ajena, así como cualquier renta o ayuda concedida por cualquier administración. La prestación se suspenderá mientras en titular del mismo realice cualquier trabajo por cuenta propia o ajena.





